Supervisión
Supervisión técnica
El Departamento de Justicia Juvenil rediseñó el proceso de supervisión técnica implementando un nuevo Modelo de Supervisión en Línea, que ha permitido contar con información oportuna, confiable y disponible en la plataforma SENAINFO. Además, este modelo contiene la estandarización de procedimientos, muestras y criterios a supervisar de acuerdo a las distintas modalidades de intervención.
Por tanto, el proceso actual de supervisión permite obtener información actualizada respecto a la ejecución técnica de cada centro o proyecto supervisado.
Es así que este nuevo Modelo de Supervisión está diseñado con el objetivo de cumplir los roles de acompañamiento, control, evaluación, supervisión y asesoría que le encarga al Sename la modificación a la ley Nº 20.032, en forma eficiente y oportuna.
Se integran al Modelo de Supervisión los Comités Regionales de Supervisión y Fiscalización, conformados por sus respectivos directores regionales con las inter-unidades para el control, monitoreo y seguimiento de los proyectos y centros, con el propósito de velar por la calidad y buen funcionamiento de la oferta territorial, a través de los procesos de supervisión y evaluación de desempeño anual de convenios.
OBJETIVO GENERAL
Controlar, verificar y evaluar la ejecución de los proyectos administrados por los Organismos Colaboradores Acreditados y Administraciones Directas, en el marco de los principios establecidos en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN), la LRPA y los demás instrumentos normativos vigentes, resguardando la calidad de la atención e intervención de los adolescentes bajo la responsabilidad del Servicio Nacional de Menores.
Supervisión financiera
Resolución Exenta N° 0119, de 26 de enero de 2022, Instrucciones sobre el uso y el destino de la subvención transferida a colaboradores Acreditados en virtud de la Ley N° 20.032, y procedimientos de rendición de cuentas Físicos y /o electrónicos y digitalizados ante el Servicio Nacional de Menores y de Supervisión Financiera y deja sin efecto las resoluciones exentas N° 673 y N° 1.939 ambas de 2020 de esta Dirección Nacional.