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Bases Técnicas y Orientaciones / Proyectos de Diagnóstico Ambulatorio (DAM)

Toda intervención de los Proyectos DAM, se basa en la capacidad técnica especializada en la evaluación de las situaciones que enfrenta o ha enfrentado un niño, niña o adolescente y que ha requerido la intervención de los tribunales competentes. El proceso de evaluación a realizar debe priorizar sus acciones en el absoluto cuidado y respeto del interés superior del niño/a y adolescente, protegiendo sus derechos durante todo el proceso. Además, las evaluaciones y diagnósticos: deben velar constantemente por el cumplimiento de los plazos, por el resguardo de la información de carácter reservado, establecer recomendaciones que aseguren la restitución y protección de derechos y evitar la victimización secundaria (sobreexposición de los niños/as y adolescentes en juicios).

Las pericias (entendidas como las que han sido solicitadas por la autoridad jurídica a un experto/profesional, con la finalidad de ayudar a tomar una mejor resolución judicial) tienen su origen en el poder de la autoridad correspondiente, juez y/o fiscal, que ordena realizar evaluaciones con el propósito de conocer el tipo o nivel de vulneración de derechos, su gravedad, cronicidad y efectos en el desarrollo del niño/a o adolescente, constituyéndose en elementos claves de asesoría a los jueces competentes. Las pericias se catalogan de acuerdo al ámbito jurídico en que se realicen: de protección, forense y de responsabilidad penal adolescente.

El objetivo general de los Proyectos de Diagnóstico es realizar, de forma ambulatoria, evaluaciones periciales proteccionales oportunas y especializadas a niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de grave vulneración de derechos o suposición fundada de esto, asociada a niveles de daño y victimización. Las evaluaciones periciales se entenderán como evaluaciones psicológicas y sociales realizadas a NNA en situaciones de grave vulneración o sospecha fundada de ello; estas evaluaciones son originadas por procesos judiciales, entendiéndose que son requeridas tanto por Tribunales de Familia, Fiscalía y Tribunales de Garantía.

Los DAM están dirigidos a todos los menores de 18 años que requieran de evaluaciones comprendidas en el objetivo general de los mismos.

Se encuentran cumpliendo siete años de funcionamiento desde su licitación realizada el año 2007. En este sentido, y tal como lo indica la Ley N° 20.032, cada año corresponde efectuar la “Evaluación de Desempeño Anual” a los mismos. Para aunar criterios y obtener los elementos considerados más relevantes en la implementación del modelo DAM, se ha elaborado una Pauta de Evaluación y su respectivo Instructivo General, con el propósito que sea aplicado por los profesionales que ejercen la supervisión técnica a dichos proyectos.

Diagnóstico Ambulatorio
 

Bases Técnicas Específicas Línea Diagnóstico (DAM)

De acuerdo a los lineamientos que surgen de la Ley de Subvenciones (20.032) y la definición de la oferta programática desde el 2014 en adelante, en conformidad al esquema general sobre protección a la infancia y la adolescencia, el Servicio Nacional de Menores ha definido como oferta los siguientes programas de intervención.

Lineamientos

Bases de Residencia

 

Lineamientos Residencias Madres Adolescentes

 
Protección Especializada

Bases Técnicas Específicas “Programa de Protección Especializado de Modalidad Maltrato Infantil Grave y Abuso Sexual”
Bases Técnicas Modalidad de Protección Especializada “Programas Especializados en Temática de Niños, Niñas y/o Adolescentes en situación de calle”

 
Bases Centros Residenciales

La atención residencial corresponde a programas diseñados de acuerdo a las necesidades específicas de niños, niñas y adolescentes, que por diversas razones deben ser separados de su medio familiar; están destinados a proporcionar de forma estable alojamiento, alimentación, abrigo, recreación, estimulación temprana, apoyo efectivo y psicológico, asegurando acceso a la educación, salud y demás servicios que sean necesarios para el bienestar y el adecuado desarrollo de los niños/as.

Teniendo en cuenta el interés superior del niño, la igualdad y no discriminación, y el derecho que le asiste a vivir en familia, las residencias constituyen una modalidad transitoria, en tanto se orientan a la reinserción familiar, con un régimen de participación y buen trato.

De acuerdo a esta finalidad, las condiciones de infraestructura, equipamiento y recursos de las residencias son compatibles con el propósito de asegurar al niño, niña y adolescente la satisfacción de sus derechos, otorgando espacios de intimidad en un ambiente de seguridad física y trato afectivo de respeto y calidez.

Residencia de protección para lactantes  y preescolares
Bases Técnicas Residencia para niños, niñas y adolescentes con discapacidad

Línea de acción Oficina de Protección de Derechos del Niño, Niña y Adolescente.  2012 – 2015