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Acreditación Organismos Nacionales Adopción

Permite habilitar a corporaciones o fundaciones nacionales interesadas en desarrollar el Programa de Adopción previsto en la Ley Nº 19.620 y su Reglamento.

Revise la Normativa para Acreditación de Organismos Nacionales interesados en ejecutar Programas de Adopción Normativa-Acreditación-Organismos-Nacionalesen el cual constan los requisitos para postular a la acreditación, el procedimiento aplicable, así como un modelo de la solicitud que debe dirigirse por escrito al Director/a Nacional de Sename. Se incluye también el modelo de declaración jurada extendida ante Notario, en que conste el compromiso de la institución en orden a dar cumplimiento a las instrucciones que dicte el Servicio en materia de adopción, que constituye uno de los requisitos legales, así como el Formulario de Presentación de Proyectos de Funcionamiento para optar a la acreditación y la pauta de evaluación del mismo.


El trámite se puede realizar durante todo el año.
Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
  1. Dirijase a Huérfanos 587, Oficina Nº 503, Santiago, Región Metropolitana. Horario de atención: de lunes a viernes, de 08:30 a 17:30 horas.
  2. Explique el motivo de su visita: acreditación de organismos nacionales con fines de adopción.
  3. Entregue los antecedentes requeridos.
  4. Como resultado trámite habrá solicitado la acreditación para desarrollar programas de adopción en Chile.

Importante:

  • Una vez presentada la solicitud de acreditación, la dirección nacional del Sename tiene un plazo de 30 días hábiles para resolver.
  • En caso de que falten antecedentes o se requiera documentación complementaria deben ser entregados en un plazo máximo de 30 días, de lo contrario, se tendrá por desistida la solicitud.
  • Una vez recibida la información requerida, el servicio debe resolver en un plazo máximo de 20 días.